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BCP establece nuevas normas para ventas de cartera

Segunda noticia

El Directorio del Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el “Reglamento de operaciones de venta de cartera de créditos de las entidades supervisadas” mediante la Resolución N°15/24.

La normativa establece reglas y requisitos mínimos para que las entidades financieras vendan carteras de crédito a personas físicas o jurídicas, independientemente de si están supervisadas por el BCP o no.

Esta venta transferirá todos los derechos y privilegios del crédito, incluidos los títulos ejecutivos, y podrá realizarse al contado o a crédito, siendo esta última opción limitada a adquirentes no vinculados a la entidad vendedora.

Las operaciones deben ser comunicadas al BCP dentro de 10 días hábiles desde la firma del contrato y notificadas al deudor y/o codeudores en el mismo plazo. La adquirente deberá mantener informada a la Central de Información sobre la calificación del deudor por un período de 3 años.