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Bajar costos de comisiones podría dejar a muchos sin servicios financieros

El viceministro de Economía, Humberto Colmán, advirtió sobre el efecto negativo que podría generar en los propios usuarios la decisión que tomó el Congreso Nacional al sancionar una ley que reduce al mínimo las tasas máximas que pueden cobrar las entidades encargadas de procesar las operaciones con tarjetas de crédito y débito, plataformas digitales y la comisión que se cobra por el depósito de dólares en efectivo.

Colman, que desde el próximo 15 de agosto asumirá como nuevo miembro del directorio del Banco Central del Paraguay (BCP) adelantó que el Poder Ejecutivo analizará todas las implicancias que podría tener esta medida y que buscarán que no se repita el mismo efecto que ocurrió en agosto de 2015, cuando se aprobó una ley de topeo a las tarjetas que terminó desbancarizando a miles de usuarios.

“Me parece que esta ley va en la misma línea de lo que fue la experiencia del límite a las tasas activas para las tarjetas de crédito, que si bien parece una normativa correcta y para el bienestar de la gente, en la práctica terminó generando que muchos se queden sin el servicio. Esto se podría encasillar en lo que se conoce como fijación de precios”, expuso el Colman, durante una entrevista con radio Ñanduti.

Añadió que cuando se elaboran disposiciones legales y  no se analizan los costos y riesgos que implica prestar un servicio determinado, el efecto por lo general suele ser contrario al que se pretende.

El viceministro de Economía, recordó que desde el Gobierno se están haciendo esfuerzos por abaratar los costos de los servicios que ofrece la banca pública y dio como ejemplo la línea de crédito especial que se habilitó para las empresas en zonas de frontera a una tasa de 7% y con periodos de gracia y plazos más extensos para facilitar el pago; de igual manera, para los depósitos en moneda extranjera el Banco Nacional de Fomento (BNF) redujo un punto porcentual el costo de las comisiones que hoy en día se ubica en alrededor de 4% sobre el valor del efectivo.

Además, señaló que conforme continúe el proceso de bancarización en el que está el Paraguay el volumen de las operaciones irá siendo cada vez mayor y eso a su vez hará que los costos de las comisiones vayan reduciéndose. “Lo más importante es que con medidas como estas, muchas personas podrían quedar sin el servicio, porque si este límite no refleja el costo que implica hacer estas transacciones, posiblemente, algunas instituciones podrían dejar de recibir esos recursos; y así la situación sería peor”, alertó.

Ese efecto ocurrió con la ley que fijó límites máximos a la tasa de interés que pueden cobrar las instituciones por las tarjetas de crédito y significó la salida del sistema financiero de más de 200 mil usuarios, principalmente, de los que tenían líneas de la franja “clásica” que son de menores recursos, se terminó afectando tanto a los consumidores como a las empresas.

Para los depósitos en dólares, las instituciones bancarias podrían tomar también la decisión de no recibir efectivo por montos menores a una cifra, con lo cual, las personas que mueven volúmenes pequeños podrían quedar sin depositar ese dinero porque a los bancos estos márgenes por comisiones ya no le sirven para cubrir los costos del resguardo. “Por todo esto es que se analizará esta propuesta desde la perspectivas de lo que fue la ley de tarjetas, para que hacia delante encontremos soluciones que sean sostenibles”, subrayó.

LO QUE DICE LA LEY

El artículo 5° de la ley “Que incentiva las operaciones comerciales a través de medios electrónicos de pago”, señala que el porcentaje máximo de las comisiones a ser percibidas por las entidades financieras, cooperativas y entidades de medios de pago electrónico en concepto de prestación de servicio de intermediación de pago, realizados a través de tarjetas de crédito y débito, así como a través de medios electrónicos, no podrá ser superior al 3% del valor de la transacción.

La legislación vigente señala que la tasa máxima que las entidades bancarias pueden cobrar por este servicio es un 3% cuando la operación se realiza por débito y hasta 5% con medio de pago del crédito, con lo cual, habría una reducción efectiva de dos puntos porcentuales.  El artículo N° 6 de la misma ley señala que el máximo de comisiones a ser percibidas sobre el depósito en moneda extranjera no podrá ser superior al 1% del valor de la operación.

Finalmente, vale también mencionar que esta ley establece que cuando las operaciones sea por un monto mayor a los US$ 10 mil o su equivalente en moneda local, serán deducibles en la liquidación del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), en los términos y en las condiciones establecidas en los artículos 14 y 15 de la Ley N°6.380/2019,  siempre que la operación del comprador del bien o servicio haya utilizado como medio de pago un depósito en banco, financiera o cooperativa, haya girado transferencias en cualquiera de estas instituciones, haya utilizado tarjetas de crédito o débito, cheques con la cláusula “no negociable”; “intransferible”; “no a la orden” o su equivalente y cualquier otro medio electrónico de pago establecido por el poder Ejecutivo.